
¡Date cuenta hermana! La reforma laboral también nos golpea.
- Marcela Gutierrez

- 11 feb
- 3 Min. de lectura
En una coyuntura de creciente pérdida de derechos y conquistas históricas, donde cada vez hay mayor precarización, ataques al sindicalismo y un discurso que apuesta al emprendedurismo y la meritocracia no podemos dejar de oponernos a un nuevo intento de ataque contra la ya golpeada masa trabajadora y con especial énfasis en las mujeres y disidencias.
Las modificaciones no generan empleo, sino que profundizan y agudizan la desigualdad y la precarización de las mujeres y del colectivo LGTBQI+ la aprobación de esta reforma impactaría doblemente en quienes llevamos adelante mayoritariamente, las tareas de cuidados. Esta reforma no contempla los transformaciones de las últimas décadas en la dinámica familiar y la conformación social, el aumento tangencial de hogares monomarentales, ni las tendencias a nivel mundial de equiparar las licencias por nacimiento, por ejemplo siguen siendo 90 días para la gestante y sólo 2 por paternidad. No prevé licencias por adopción, nacimientos múltiples o discapacidad.
Esto se traduce en un debilitamiento de protecciones facilitando el despido de mujeres por motivos de embarazo o cuidados y reduce la presunción de relación laboral frente a contratos civiles o "falsos monotributos".
Algunos datos:
1 de cada 5 mujeres jóvenes no consigue empleo, con una tasa de desocupación del 19% frente al 15% en varones.
Las tareas de cuidado (16% del PBI) siguen invisibilizadas y el 76 % recaen en las mujeres.

Mujeres cosechando uvas, Mendoza 1936.
AGN_DDF/ Caja 3040, inv: 151830.
La diferencia de ingresos es del 29% en el sector formal y escala al 32,7% en la informalidad.
Para las disidencias, como las personas trans, la falta de estabilidad agrava la violencia estructural.
Debemos tener presente que los derechos laborales son derechos humanos protegidos por la Constitución Nacional (Art. 14 bis) y tratados internacionales como la CEDAW.
En conclusión, la reforma actúa como un "disciplinador social" que vulnera especialmente a los sectores más precarizados y feminizados del mercado laboral.
Los principales cambios propuestos:
Indemnizaciones y Despidos
• Fondo de Cese Laboral: Se habilita que empleadores y sindicatos acuerden, vía convenio colectivo, un sistema de "Fondo de Cese" que reemplace la indemnización tradicional por un fondo acumulado.
• Reducción de la base de cálculo: Se excluyen conceptos como el aguinaldo (SAC), bonos anuales, premios o propinas del cálculo de la indemnización por despido, limitándolo al sueldo mensual.
• Eliminación de multas: Se eliminan las sanciones económicas por falta de registro o registro deficiente de empleados ("trabajo en negro"), buscando incentivar la formalización sin el riesgo de juicios millonarios.
2. Extensión del Período de Prueba
El período de prueba estándar se amplía de 3 a 6 meses para todas las empresas. Sin embargo, existen escalas según el tamaño de la firma:
• Empresas de 6 a 100 empleados: Hasta 8 meses.
• Microempresas (hasta 5 empleados): Hasta 12 meses.
3. Nuevas Modalidades y Flexibilidad
• Trabajadores Independientes con Colaboradores: Se crea una figura que permite a un trabajador autónomo contratar hasta 3 "colaboradores" independientes (también autónomos) sin que exista relación de dependencia bajo la Ley de Contrato de Trabajo.
• Banco de Horas: Se introduce la posibilidad de negociar jornadas flexibles, permitiendo compensar horas extra de un día con menos horas en otro, siempre respetando los descansos legales.
• Simplificación Registral: Implementación de procesos electrónicos y expeditivos para el alta de trabajadores.
4. Relación con Sindicatos y Huelgas
• Cuota Sindical: Se busca que el descuento de la cuota sindical sea voluntario y requiera el consentimiento explícito del trabajador, eliminando la retención automática obligatoria en algunos casos.
• Límites al Derecho de Huelga: Se han propuesto regulaciones para considerar ciertas actividades como "servicios esenciales" o "de importancia trascendental", obligando a mantener guardias mínimas durante medidas de fuerza.
5. Otros Ajustes
• Licencia por Maternidad: Se permite a la persona gestante reducir la licencia previa al parto a 10 días, trasladando el resto al período posterior.
• Despido por Bloqueo: Se tipifica como "injuria laboral grave" (causa justa de despido) la participación en bloqueos o tomas de establecimientos durante conflictos sindicales.
En conclusión, la reforma actúa como un "disciplinador social" que vulnera especialmente a los sectores más precarizados y feminizados del mercado laboral.
Hoy todas, todos y todes a las calles contra este nuevo intento de vulnerar nuestros derechos.



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